El intendente de Concordia, Francisco Azcué, anuló el pase a planta
permanente de cuatro exfuncionarios de Enrique Cresto, su antecesor en el ejecutivo local. Habían sido ratificados en planta permanente durante 2023. “Se ha detectado la existencia de vicios flagrantes”, sostiene en los considerandos la decisión de Azcué.
La gestión del Intendente de Concordia
Francisco Azcué parece haber intensificado los cuestionamientos a decisiones
adoptadas por su predecesor, Enrique Tomás Cresto, en un clima político de
mayores rispideces entre oficialismo y oposición. En los considerandos hay duros cuestionamientos hacia esos cuatro pases a planta dispuestos por el exintendente Cresto, con quien Azcué mostró buena sintonía durante la transición de gobierno.
A las presentaciones en tribunales, mediante
las cuales se ha solicitado al Ministerio Público Fiscal que investigue
presuntos delitos, se sumó el decreto 213, que si bien está fechado el 14 de
febrero, su publicación en el Boletín Oficial fue postergada hasta el miércoles
último.
El reproche incluye que los exfuncionarios hayan sido convertidos en empleados de planta sin “jamás” haber atravesado un concurso y “mucho menos se capacitaron acorde a la normativa de aplicación”
Mediante ese instrumento legal, firmado por el presidente municipal, el
jefe de gabinete y la mayoría de los secretarios, Azcué desvinculó del
municipio a cuatro empleados, todos ellos exfuncionarios, a quienes la anterior
gestión los había pasado a “planta permanente” en el año 2023.
En el artículo 2 del decreto, la norma dispone
“dejar sin efecto alguno las designaciones en planta permanente Municipal de
los Sres. Benítez Tadeo Jesús, Legajo 3611, D”Antonio Claudio, Legajo
9491, Olivares Matías Nicolás, Legajo 3959 y Scevola Carlos Sebastián, Legajo
3919”.
“El
acto de designación de los funcionarios oportunamente citados y cuyo análisis
se efectúa – explica en los considerandos- padece de ilegitimidad sustancial, en cuanto
disconformidad del acto con la ley, al haber sido designados los agentes
vulnerando expresas prohibiciones de la Ordenanza N° 36.878, N° 32.637 y las
normativas de la Ordenanza N° 11.275 y la Ley Provincial N° 9755, con claro
sustento constitucional”.
Y agrega: “Se ha detectado la existencia de
vicios flagrantes, por violación de las formas sustanciales, afectación del
derecho de igualdad de los ciudadanos para el ingreso a la administración
pública sin evaluación igualitaria de la idoneidad, vicio en el objeto por
apartamiento de las normas aplicables, vicio en la causa y en la finalidad
perseguida, vicio de legalidad presupuestaria por no estar previstos
presupuestariamente los cargos mencionados, vicio en la motivación de su
decisión”.
Azcué, además, reprocha a su predecesor que esos cuatro
exfuncionarios hayan sido convertidos en empleados de planta sin “jamás” haber
atravesado un concurso y “mucho menos se capacitaron acorde a la normativa de
aplicación”.
También cuestiona otro incumplimiento, centrado
en la ordenanza 32637, que expresamente inhabilita a “los funcionarios
políticos por el transcurso de un (1) año inmediato siguiente al cese de la
gestión municipal en la que hubieren ejercido el cargo, para el ingreso como
agente de planta permanente o equivalente en el ámbito de la Municipalidad de
Concordia, quedando excluido el personal de carrera que hubiese cumplido
ocasionalmente la función política reteniendo aquél”.



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