POLíTICA

Los cambios de la Ley Ómnibus

A pedido de la oposición el Ejecutivo aplicó modificaciones al proyecto enviado al Congreso. Se eliminaron más de 100 artículos de la iniciativa inicial. Retenciones, jubilaciones y privatizaciones entre los principales puntos.

Los cambios de la Ley Ómnibus

El Gobierno envió al Congreso de la Nación el documento
definitivo con las devoluciones a las modificaciones que exigieron desde un
sector de la oposición a la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de
los Argentinos, conocida como la Ley Ómnibus.

De acuerdo a lo consignado por La Nación, hubo un notable
recorte de artículos de acuerdo con iniciativa que inicialmente dio a conocer
el presidente Javier Milei, pasando de 664 puntos a 523.

Emergencia

Se llevaron a cabo cambios en la estructura y redacción del
proyecto a fin de mejorar la técnica legislativa y favorecer su lectura. Se
eliminó la emergencia en materia social y de defensa, y se redujo el plazo de
las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un
año más con aprobación del Congreso.

Privatizaciones

YPF fue eliminada del listado. Para Nucleoeléctrica, Banco
Nación y ARSAT se determinó que el Estado solamente puede concretar una
privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa. Además, se
incorporó expresamente, la participación de la Comisión Bicameral de
Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites
respectivos. Por otra parte, se eliminó el artículo 9 y se amplió la redacción
actual el artículo 35 de la Ley N° 24.804 con el fin de mantener el poder de
veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima.

Finalmente, se suprimió el artículo 11 manteniendo la
obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para las
decisiones que impliquen el cierre de la actividad.

Jubilaciones

El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les
corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A
partir de abril, inicia una actualización automática por inflación mensual con
base en el último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza
a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo. Además, se eliminan las
jubilaciones de privilegio para presidente y vicepresidente.

En esta última cuestión, el Gobierno asegura que va a
cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en
marzo respetando la fórmula actual y que, a partir de abril, comienza una
actualización automática por inflación mensual con base en el último dato de
inflación disponible del INDEC.

“Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder
adquisitivo”, afirman desde el Ejecutivo.

Blanqueo de capitales

De acuerdo a las modificaciones aplicadas, el proyecto
determina un capítulo de regularización que quedaría de la siguiente manera: 1)
Se establece que los sujetos no residentes que adhieran al presente Régimen de
Regulación de Activos no podrán declarar bienes que se encuentren en posesión,
anotados, registrados o depositados a nombre de terceros; 2) Se incorpora como
sujetos excluidos a los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los
últimos 5 años; 3) Se excluye a los agentes de retención con procesamiento
firme, y 4) Se define que lo producido del Impuesto Especial de Regularización
se destinará a la capitalización del Banco Central de la República Argentina.

Derechos de exportación

Tal como exigían algunos gobernadores, entre ellos, Rogelio
Frigerio, quedan en 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la
facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación, y
únicamente queda capacitado para poder reducirlas.

Reforma del Estado

En esta sección se establecieron modificaciones en las
facultades delegadas a los efectos reflejar, con mayor claridad, la materia
delegada y se especificaron con mayor detalle las competencias asignadas al
Poder Ejecutivo Nacional, informó el Gobierno.

Sistema electoral

Fue pasada para la discusión de ordinarias la reforma de las
circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición
de la Cámara de Diputados.

Crédito público

Se mantuvo la redacción original que fue propuesta al
Congreso por Juntos por el Cambio en 2018. La redacción actual limita al Tesoro
una eficiente administración de los pasivos, ya que plantea un límite que no lo
tienen las provincias ni otros países para realizar operaciones que benefician
al Estado. El marco normativo vigente paraliza la administración de la deuda,
con el costo que eso conlleva para el país. La dificultad que genera la redacción
actual queda demostrada en que diferentes gobiernos han suspendido su
aplicación a lo largo de los últimos años. Ante ello se propone adecuarla a
parámetros objetivos que son las condiciones de mercado.

Francos, Villaruel,
Menem y Demarchi.

Empleados públicos y militancia política

Se incluyó a “los empleados públicos”, en las limitaciones a
la actividad política. Se determinó un mecanismo sancionatorio ante el
incumplimiento de tales prohibiciones.

Bienes personales

Se establece beneficio para sujetos cumplidores. El artículo 24, que había sido objetado, quedó así: “No
estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados (excepto los
comprendidos en el artículo sin número incorporado a continuación del artículo
25 de esta ley) pertenecientes a los sujetos indicados en el inciso a) del artículo
17, cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de esta
ley, resulten iguales o inferiores a cien millones de pesos ($ 100.000.000). De
tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del
causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el
impuesto cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley,
resulten iguales o inferiores a trescientos cincuenta millones de pesos ($
350.000.000).”

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