Este martes el apoderado legal de la lista 311 que encabeza Ángel Giano, Diego
Lascurain, presentó el recurso de apelación ante la Cámara Nacional Electoral
en el que se apela la anulación de una de las mesas escrutadas (la 2818) y se
solicita la apertura de la urna, en el marco de la interna oficialista por la intendencia de Concordia. El escrutinio definitivo dio como ganadora a la
Lista 44, con Armando Gay como candidato a intendente, con 23 votos
de ventaja sobre la boleta encabezada por Giano.
“La diferencia por la que se nos ha sacado la victoria es muy ajustada,
casi un empate, y aún así se ha decidido anular una urna”, evaluó Giano luego de realizar la apelación ante la Cámara Nacional Electoral. “Además creemos que se han cargado mal algunos datos y esto puede tener
impacto real en el resultado final”, agregó.
Giano: “Tenemos la responsabilidad de hacer respetar la voluntad popular”
“Nos tocó enfrentar una situación inesperada. Primero ganamos, los datos
oficiales así lo expresaron, luego cambiaron ese resultado. Intentamos todo lo
que estaba a nuestro alcance para defenderlo, pero nos dicen que se dio vuelta”,
analizó el precandidato a intendente por la Lista 311.
Tras conocerse el resultado del escrutinio definito, que revirtió los guarismos que arrojó el recuento provisorio, donde Giano se imponía ante Gay por una diferencia de 85 votos: 11.822 contra 11.737, el postulante a la intendencia de la Lista 311 se expresó en las redes socialies y adelantó que apelaría ante la Cámara Nacional Electoral.
https://twitter.com/AngelGiano/status/1693073065289085223?ref_src=twsrc%5Etfw
“Por otro lado, estuvimos trabajando con nuestro equipo durante todo el fin
de semana, estudiando y analizando lo que la justicia electoral ha publicado en
su sitio oficial y hemos detectado errores en la carga de los datos revisados
en el escrutinio definitivo. Es por eso que también estamos pidiendo que se
corrijan. Queremos ser muy claros: estamos cuestionando el resultado de la
elección”, aseveró Lascurain.
Ahora resta aguardar por la resolución del Juez Electoral sobre si concede
o no el recurso de apelación.

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